Este año, la Audiencia Nacional de España ha conocido de 17 casos relativos a las solicitudes de asilo presentadas por venezolanos, concediendo esa protección de Derecho Humanitario Internacional a TRES de ellos: los hemos estudiado, y tan interesantes son los motivos de concesión como las denegatorias mismas.

Analicemos rápidamente. Las sentencias estimatorias tratan de casos que cumplen con los requisitos esenciales para el otorgamiento de la protección:

  1. Temor cierto del riesgo a perder la vida, de forma individualizada, con circunstancias personales.
  2. Identificación directa del agente persecutor y pruebas de la persecución, o por lo menos indicios veraces de la misma.
  3. Inmediatez de la solicitud de asilo.

Lo que sí llama poderosamente la atención es la mención e incorporación a los expedientes en estas tres decisiones de la Nota de Recomendaciones de ACNUR sobre el flujo de venezolanos: resultó vital para la decisión, tal y como ya lo dijéramos en nuestro artículo http://carreroabogados.es/noticias/la-nota-de-recomendaciones-de-acnur-sobre-el-flujo-de-venezolanos-85.

Y cuando vamos a las denegatorias, vamos a lo que tenemos tantísimo tiempo denunciando:

  1. Historias preñadas de lugares comunes.
  2. Solicitudes sin pruebas ni individualización de la persecución.
  3. Demora en la presentación de la solicitud, o la estancia o residencia previa en otros países.
  4. La Lista Tascón ya no resulta motivo válido de persecución.

Recordemos, una vez más, que el Asilo es una institución seria. No es una forma de residir en ningún país, ni de escapar a una orden de expulsión. Y que debe conllevar, necesariamente, una declaración verosímil y personalizada.

Y, como nota final, en todas las 17 decisiones analizamos las actuaciones de los abogados que las presentaron. Unos más hábiles, otros menos. Pero llegar a la Audiencia Nacional implica, sí o sí, una actuación profesional eficiente, para tener una opción real de éxito: para eso servimos los abogados especialistas en la materia.
Quien desee consultarlas, que las busque en la web del Centro de Documentación del Poder Judicial (CENDOJ) con los ROJ SAN2522/2018, SAN 2524/2018 y SAN 252/2018.

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